¿Sabías que la Suprema Corte de Justicia de la Unión se pronunció respecto a que es Constitucional y no existe violación en el principio de equidad tributaria, pues a su consideración no existe trato diferenciado en la aplicación de la tasa del 16 % en la enajenación de alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies que sean utilizadas como mascotas en el hogar, respecto de la tasa del 0 % que se aplica a la enajenación de alimento procesado para el resto de los animales?